viernes, 23 de mayo de 2014

Acuerdo de finalización de huelga

ACUERDO DE FINALIZACION DE HUELGA PARA EL BENEFICIO DE LA EDUCACIÓN PANAMEÑA El Ministerio de Educación, por una parte, y los Gremios Magisteriales AECHI, AEVE, AECO, FRENEI, ASEEIPHE, ASOMEGRERP, MPU, AEDPA, APROCIFADECOP, APEEDEI, ASOPROF, FREP, AEHE, UMALI, ASOEDUC, por la otra, con la mediación de la Defensoría del Pueblo, convienen en suscribir el presente acuerdo de conformidad con lo siguiente: ACUERDAN: PRIMERA: Los docentes en virtud de su compromiso con el proceso de enseñanza aprendizaje y reconociendo el Derecho Humano de los estudiantes a recibir educación se comprometen a finalizar la huelga decretada y a la recuperación del tiempo de paralización de labores y contenidos académicos, en coordinación con las autoridades de los Centros educativos y direcciones regionales respectivas. SEGUNDA: En función de lo consignado en artículo anterior los docentes se comprometen a reiniciar las clases el lunes 26 de mayo del 2014. TERCERA: El Ministerio de Educación se obliga y compromete a no tomar ningún tipo de represalias lo que implica que no habrá destituciones, ni medidas administrativas ni disciplinarias por razón de la huelga. CUARTA: El Ministerio de Educación se compromete, previo análisis y acuerdo con la Comisión de Transición del nuevo gobierno, a efectuar el aumento al salario base de B/. 150.00 a todos los docentes del MEDUCA y del IPHE, en un período de dos meses a partir de la firma de este acuerdo y los otros B/. 150.00 cuando los centros educativos que no hayan entregado su plan de mejora, lo hagan. PARÁGRAFO: El Ministerio de Educación aclara que lo anterior está sujeto al sentido de responsabilidad por encontrarnos en el período de transición. QUINTA: Con la finalidad de mantener el punto de entendimiento con los gremios magisteriales el Ministerio de Educación se compromete a modificar el Decreto Ejecutivo 155 de 27 de marzo del 2014, a fin de que su texto exprese que concede el aumento al salario base. SEXTA: El Ministerio de Educación aclara que el artículo 95 de la Constitución Política establece que la educación es gratuita y que el artículo 262 de la Ley 47 de 1946 ordena y establece que le corresponde al Estado asumir y sufragar los gastos de personal docente, administrativos y de servicios del ramo de educación, así como la provisión de locales equipados, textos, útiles y materiales de enseñanza, y con la misma finalidad indicada en la cláusula anterior, se compromete a modificar el Decreto Ejecutivo 155 de 27 de marzo de 2014, en el sentido de retirar lo ya establecido en la constitución y en la Ley 47 de 1946, es decir, para establecer que el Ministerio de Educación asumirá los costos de la implementación de los planes de mejoras elaborados por los centros educativos. SÉPTIMA: El Ministerio de Educación se compromete a la devolución inmediata de los dineros descontados a los docentes en la huelga del año 2013. OCTAVA: Las partes manifiestan que aceptan cada una de las cláusulas arriba contenidas, en razón de lo cual se procede a firmar el presente acuerdo, en presencia de la Señora Defensora Del Pueblo Lilia Herrera y del Señor Defensor del Pueblo Adjunto Javier Mitil quienes serán garantes del cumplimiento del presente acuerdo. Dado en la ciudad de Panamá, a los 23 días del mes de mayo de 2014. POR EL MEDUCA, LUCY MOLINAR Ministra de Educación POR LOS GREMIOS AECHI AEDPA AEVE APROCIFADECOP AECO APEEDEI FRENEI ASOPROF ASEEIPHE FREP ASOME AEHE GRERP UMALI MPU ASOEDUC POR LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO LILIA HERRERA Defensora JAVIER MITIL Defensor Adjunto

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